COLOMBIA: Coca Nasa no Es Mata que Mata, sino Planta de Vida

Los logros

Los indígenas colombianos son una población minoritaria frente a la sociedad mayor, no alcanza a ser el 2% de la población, pero acumula un historial de resistencia ante la agresión y expoliación a la que ha sido sometida y este proceso de recuperación de la hoja de Coca hace parte de esa resistencia para seguir existiendo como pueblos, de esta experiencia se han obtenido entre otros los siguientes logros:

– Reconocimiento en la sociedad colombiana de la hoja de Coca y su valor gastronómico, medicinal y cultural.

– Desarrollo de las facultades administrativas y legislativas que la Constitución entregó a los pueblos indígenas.

– Apropiación del patrimonio biológico y el conocimiento sobre el mismso, en razón de que se avanza para evitar que grandes empresas ajenas a los pueblos indígenas utilicen la Coca sin autorización o sin pagar los derechos a los legítimos dueños de ese conocimiento.

– Se generó el antecedente de que una comunidad indígena pudo derrotar a una empresa multinacional por uso de nombres que le pertenecen a las primeras, con lo cual los pueblos de la Amazonía y los Andes americanos tienen un camino legal por explorar para evitar a futuro el uso de su patrimonio cultural y biológico sin el debido consentimiento.

– Coca Nasa se ha planteado como reto permanecer y crecer sin el apoyo económico de ninguna organización pública o privada, nacional o extranjera. Consideramos que el paternalismo es una condición que riñe con la autononía por la que luchan las organizaciones indígenas y al final envilece en una condición de doble vía, esto es para quien da y quien recibe, por ello Coca Nasa tiene ánimo de acumulación y en general el tener un capital de trabajo que permita potenciar su capacidad de difundir el mensaje y llegar materialmente a más consumidores de sus productos.

[1] Artículo 27 de la Convención de 1961: Las Partes podrán autorizar el uso de hojas de coca para la preparación de un agente saporífero que no contenga ningún alcaloide y, en la medida necesaria para dicho uso, autorizar la producción, importación, exportación, el comercio y la posesión de dichas hojas.