Piden obligar a refresqueras a etiquetar productos que contengan jarabe de maíz

Ponce recordó que el jarabe de maíz se empezó a utilizar en México por una decisión comercial; es decir, con la aprobación del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), a la fecha 40 por ciento de las bebidas están endulzadas con ese producto que, a diferencia del azúcar de caña, no provoca sensación de saciedad en la persona y por ello es adictivo.

Cabada destacó que el jarabe de maíz puede ser de mayor beneficio para el mercado, pero no para la salud. De hecho, hay estudios que revelan que aquellos países con mayor consumo de jarabe de maíz tienen mayores índices de diabetes, esto independientemente de las ingestas de azúcar de caña y peso corporal entre la población.

Calvillo dijo que los ciudadanos tienen derecho a saber qué tipo de producto están consumiendo y cuáles son las consecuencias para su salud.

Ponce agregó que ante la epidemia de obesidad en el país, es urgente la prevención, detección y atención oportuna del daño metabólico que provoca el consumo de ese jarabe que puede producir resistencia a la insulina, incluso en personas con niveles normales de glucosa.

García indicó que la NOM 051- 2010 -que indica de manera general que el etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas prenvasadas debe ser veraz y describir con claridad el contenido al consumidor-, debe estandarizarse con el Código Federal de Regulaciones de Estados Unidos, de 2013, el cual establece en su apartado de etiquetado de alimentos que el nombre de un ingrediente indicado deberá ser específico y no un nombre colectivo (genérico). Es decir, en México se informa azúcares, y en Estados Unidos se especifica qué tipo de azúcares (fructoso, glucosa, miel, azúcar morena, jarabe de maíz, etcétera.).